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Año: 1936, Fallos: 175:252 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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1 252 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA entenderse que las partes aceptaron implícitamente la jurisdicción de los jueces del lugar en que la gestión debía cumplirse.

JURISDICCION — JUSTICIA CORRECCIONAL —
DIGESTO MUNICIPAL — INFRACCION.
Con motivo del proceso incondo contra Federico Ariano, por aplicación de una multa en razón de imputársele la venta de vino alterado contra lo dispuesto en los arts. 2977 y 2981 del Digesto Municipal, se trabó una contienda de competencia entre el Juez Federal de la Capital y el Juez Correccional de la misma. Teniendo en cuenta aquellas disposiciones, así como la del art. 1260 del nismo digesto, y entendiendo que el hecho de que la ley N" 4363 sobre elaboración y clasificación de vinos, contenga en su art. 4° ine. 5° prohibiciones de índole semejante a las premencionadas, no excluye la competencia de la justicin correccional por tratarse de penalidades de naturaleza diversa, que pueden ocasionar dos procesos distintos e independientes, la Corte Suprema por sentencia de fecha junio 24 de 1936, resolvió declarar competente al Juez Correccional.


JURISDICCION — CONTIENDA DE COMPETEN.

CIA — TRANSFERENCIA DE FONDOS — PREN-

DA AGRARIA -— CONCURSO CIVIL.
En la contienda trabada entre el Juez Federal de Concepción del Uruguay y otro en lo Civil y Comercial

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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:252 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-175/pagina-252

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