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Año: 1938, Fallos: 181:5 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑo 1938 — JuNIS
RECURSO EXTRAORDINARIO: PROCEDENCIA — SEN-
TENCIA DEFINITIVA — CUESTIONES AJENAS
INCONSTITUCIONALIDAD: LEY N° 84 DE SANTA

FE — ORDENANZA N° 15 DE 1924, DE ROSARIO

DE SANTA FE — AFIRMADOS,
Sumario: 19 Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que ordena llevar adelante la ejecución por cobro de afirmados, aunque el recurrente no haya pagado su tos, resoluciones u ordenanzas provinciales con las respeetivas constituciones o entre ellas, es materia ajena el recurso extraordinario.

3 Las cuestiones de hecho y prueba son ajenas al re.

curso extraordinario, :

49 Compete exclusivamente a las provincias juzgar aceren de la conveniencia, oportunidad o equidad del impuesto especial de mejoras, en tanto no sea confiscatorio y no aer algún precepto de la Constitución o las leyes de Nación.

Juicio: Bugnone, Guida y Cía, v. González Carlos xs. cobro de pesos.

Caso: 19 Bugnone, Guida y Cía., demandaron a Carlos to González ante el Juez de Paz Letrado de Rosario de Sa Fe, por cobro de $ 614.67 m/n., import el pavimento construído frente a la casa de propiedad 2" El Sr. —]—Ú— e — TL lidad y nulidad de la ordenanza en que la netora fundaba su título —ordenanza N" 15 de 1924 y decreto N° 346 85

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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:5 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-181/pagina-5

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