2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA autos, los depósitos provenientes de los actos delictuosos lo fueron de $ 1.000, en un día, y de $ 2.000 en otro).
Ninguna disposición existe en la citada ley, ni en + otra alguna, que deba interpretarse en forma que autorice al autor de un delito a oponer el privilegio de repeJer la acción reipersecutoria de su víctima.
Por estos fundamentos, los concordantes aducidos en la sentencia, y de acuerdo a lo dictaminado por el señor Procurador General, se confirma la de fs. 95 en cuanto ha podido ser materia del reenr Hágase saber y devuélvanse. Antonio Sacanxa —— Luis LivarES — B. A, Nazan ANCHORENA — F. Ramos Medía. Constituye sueldo computable, a los efcetos de la jubila ción, la bonificación de eineo pesos mensuales establecida por el art. 2", ine. d) de la ley 12.637 sobre los sueldos o salarios, por cada hijo menor de diceiseis años ('). Procede el recurso extraordinario contra la sentencia de1) Fecha dei fallo: mareo 25 de 1942. Ver Fallos: 165, 247; 15, 55; 190, 415.
THE FIRST NATIONAL BANK OF BOSTON v. CAJA DE
DE JUBILACIONES DE EMPLEADOS BANCARIOS
JURILACION DE EMPLEADOS BANCARIOS: Fondos de la Caja.
VICTOR LUCIO YAÑEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Leyes del Congreso.
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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:200
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