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Año: 1942, Fallos: 192:195 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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dicción extraordinaria, la conclusión de la sentencia apelada según la cual determinada suma de dinero depositada en la Caja Nacional de Ahorro Postal proviene de delitos de carácter eriminal definitivamente juzgados.


CAJA NACIONAL DE AHORRO POSTAL.
La finalidad de la ley de ereación de la "Caja Nacional de Ahorro Postal" es cimentar hábitos de moralidad en el individuo, apartándolo de las fuentes del vicio y asegurándole un porvenir tranquilo al convertir su trabajo en un enpital productivo,
CAJA NACIONAL DE ANORRO POSTAL.
EMBARGO: Bienes embargables.

El privilegio de la inembargabilidad e intransferibilidad de los fondos depositados en la Can Nacional de Ahorro Postal, se refiere sólo a los adquiridos lícitamente y no a los provenientes de un delito.


SENTENCIA DEL JUEZ DE CRIMEN
Buenos Aires, 30 de septiembre de 1941.

Y Vistos: Para resolver este incidente, promovido a fs.

57, por Críspula Rogado de Colombo, por sí y en representación de la condenada Lucía Manuel sobre entrega de la libreta de la Caja Nacional de Ahorro Postal, corriente a fs. 221 de la causa principal.

Y Considerando:

1 Que a este pedido se opone la parte querellante, aduciendo que el art, 18 de la ley núm, 11.137, modifientoria de la 9527, no tiene el aleanee que pretende la recurrente, desde que el mismo no puede enervar el derecho que emerge de la parte damnifiezda por un delito; invoca los arts. 29 y 30 del Cód, Penal y pide, en definitiva, que la entrega se efectúe eonforme lo determina la liquidación de fs, 36 vta.

Abierto a prueba el incidente, con posterioridad se corrió a las partes un nuevo traslado por su orden, evacuándolo el :

apoderado de la actora a fs. 75 y el señor curador a fs, 78, escrito éste al que adhiere el señor asesor de menores, a fs.

79 vta.; en tal oportunidad, el señor agente fiscal a fs, 80, sostiene que en la resolución de este easo debe primar el art.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:195 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-195

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