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Año: 1943, Fallos: 196:575 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MUNICIPALIDAD DE ROSARIO v. FRANCISCA a
VALENTI DE GARCIA D
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Leyes a del Congreso. y Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que 5 interpreta el art. 69 de la ley 11.683 en sentido contrario Mi al derecho fundado en él por el recurrente. + IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. Procedimiento y re- a cursos. | El secreto de las declaraciones juradas ha sido estableci- ° do por el art. 69 de la ley 11.683 (T, O.) en beucticio del > contribuyente o de tereeros que podrían ser afectados 0 perjudicados por aquélla, mas no del fisco nacional, pro- :

vincial o municipal, >
IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. Procedimiento y re- Y
cursos.

La prohibición del art. 69 de la ley 11.683 no impide al E contribuyente solicitar como prueba, en el juicio con una o municipalidad, informes de la Dirección General del Im- 10 puesto £ los Réditos relativos a su propia declaración, | siempre que no medie la posibilidad de violarse de tal mo- a do el secreto de las declaraciones de otro contribuyente o de un tercero que pudiera serlo. . : | IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. Procedimiento y re- T | cursos, y El art. 69 de la ley 11.683 no impide que, a solicitud del A litigante demandado por una municipalidad, los tribunales | requieran de la Dirección General del Impuesto a los Ré- en ditos informes acerea de la elase de negocio explotado por | aquél, del capital con que gira y del rédito imponible 3 según las declaraciones juradas presentadas ante dicha SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA E A
Rosario, mayo 21 de 1942.
Y vistos: E
La revocatoria solicitada a fs. 65 por la Delegación de esta E ciudad de la Dirección General de Impuesto a los Réditos y == a las transaceiones, y Ea a a

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:575 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-196/pagina-575

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