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Año: 1946, Fallos: 204:399 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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que la Corte ha aplicado en el caso de Guido Schwarz y otros el 3 de agosto de 1942 y ratificado posteriormente, con ampliación de fundamentos, en el caso de Western Electric Co. Inc. of Argentina v. Corporación Argentino Americana de Films —Fallos: 193, 260 y 524—.

Que el caso es distinto al de Bernardo Doregger y otro, invocado por la recurrente, porque en éste los expulsados se encontraban en libertad y habían deducido el recurso de amparo a fin de que se dejara sin efecto la orden de expulsión y se antorizara su regreso al país —YFallos: 203, 256—. La decisión de la Corte, confirmando la sentencia que hacía lugar al recurso de amparo, restablecía el imperio de la Constitución y amparaba, con eficacia práctica y real, los derechos desconocidos.

Por estos fundamentos, oído el Sr. Procurador General de la Nación, se declara improcedente el recurso extraordinario concedido. °° Antowio Sacanva — B. A. Nazar Axcuoresa — F. Ramos Me3ía — T. D. Casanes (según su voto).

Voro er Sa. Mursrao De. D. Tomás D. Casanzs Considerando:

Al denunciarse a fs. 2 la expulsión consumada se pidió que el tribunal intimara al P. E. la reintegración al país de la persona a cuyo favor se interpuso el recurso. Hallándose como se halla fuera de la jurisdic.

ción nacional dicha persona no puede intimarse judicialmente, con imperio efectivo, la pretendida reintegración, por la cual sólo cabe interpretar al requeri

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Año: 1946, CSJN Fallos: 204:399 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-204/pagina-399

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