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Año: 1954, Fallos: 229:595 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JOSE OTERO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Causas penales. Delitos en perjuicio de tos bienes y rentas de la Nación y «e sus reparticiones antárquicas, La justicia nacional en lo penal especial es la competente para eonocer de la denuncia sobre tentativa de estafa mediante un incendio doloso, cometida en perjuicio del Instituto Nacional de Reaseguros.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Pluralidad de delitos.

Atenta la indivisibilidad del caso, que excede los límites.

de la simple conexidad en razón de que el e — de la tentativa de estafa mediante el doloso de un negocio reasegurado en cl Instituto Nacional de Reaseguros que denunció los hechos, está subordinado al resultado del proceso acerca del incendio, y de la prioridad en el fallo establecida por los arts. 38 y 42 del Código Procesal y 2 de la ley 14.180, corresponde conocer en el mismo al juez nacional en lo penal especial, que es el designado por la ley para entender en los supuestos en que se hallan en juego los intereses del Estado Nacional.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

A raíz del incendio ocurrido en el comercio sito en la calle Jufré 1100 se inició un sumario ante el Juzgado Nacional Penal de Instrueción de esta Capital y, con motivo de la denuncia presentada por el Instituto Nacional de Reaseguros, en el sentido de que los hechos habrían sido intencionalmente producidos, la Coordinación Federal de la Policía llevó a cabo una investigación que dió como resultado la instrueción de un proceso por tentativa de estafa ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Especial.

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Año: 1954, CSJN Fallos: 229:595 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-229/pagina-595

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