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Año: 1955, Fallos: 231:226 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NACION ARGENTINA v. ANTONIO LOPEZ
EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.

Establecido por la Corte Suprema un valor unitario de $ 0,70 para una fracción ubicada a 800 m. del camino pavimentado a La Calera —Prov. de Córdoba— es equitativo fijar en $ 1,20 el metro el precio de un terreno situado a 150 m, de esa vía de comunicación, de la cual dependen primordialmente esas tierras, aunque en este último caso la desposesión haya ocurrido con anterioridad.

EXPROPIACION: Indemnización. Otros daños.

Corresponde confirmar la sentencia que «stablece como valor del edificio y de las mejoras el fijado por el Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264 con la conformidad del representante del dueño.


SENTENCIA DEL JUEZ NACIONAL
Córdoba, 5 de diciembre de 1952, Y vistos: Los autos caratulados "Superior Gobierno de la Nación e./ Antonio López - expropiación", expte. n? 10, letra 8", año 1949, de los que resulta:

Que a fs. 15 se e el Auditor del Consejo de Guerra para Tropa de Córdoba, Dr. Alfredo Abarca, en represntación del Gobierno de la Nación demandando la expropiación de una fracción de tierra ue figura demarcada en rojo en el plano que adjunta n? 1406-D de la Dirección General de Ingenieros del Ministerio de Ejército, ubicada en el pueblo "La Toma", departamento Capital de esta Provincia con superficie total aproximada de 31.136,96 m2 y que se presume es de propiedad del Sr. Antonio Lepe domiciliado en "El Tropezón", km. 7 del camino a La Calera (Córdoba).

Que la expropiación se funda en causa de utilidad pública y de conformi a la facultad conferida por los arts. 19 y 3" de la ley n° 12.737, el P.E.N. por decreto n? 41.923 de fecha 31 de diciembre de 1947, ha resuelto expropiar entre otras la fracción descrita con destino a la nueva Guarnición Militar de Córdoba, acompañándose a tal fin los recaudos pertinentes

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Año: 1955, CSJN Fallos: 231:226 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-231/pagina-226

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