Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1955, Fallos: 233:138 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

que doy fe. — ALFREDO Onaaz — ManueL J. Arcañarás — Ennique V. Garii — CArLos Herrera — Joror VERA VALLEJO — SEBASTIÁN SoLEr — Jorge Arturo Peró (Secretario).


INICIACION DEL AÑO JUDICIAL
En Buenos Aires, a los 7 días del mes de diciembre del año 1955, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Alfredo Orgaz, y los Señores Ministros Doctores Don Manuel J. Argañarás, Don Enrique V. Galli, Don Carlos Herrera y Don Jorge Vera Vallejo; con asistencia del o Procurador General de la Nación, Doctor Don Sebastián er; Resolvieron :

Suspender la aplicación del art. 5 del Reglamento para la Justicia Nacional que dispone la iniciación de la labor judicial después de la feria de enero con un acto público y solemne.

Todo lo cual dispusieron y mandaron ordenando se comu- .

nicase y registrase en el libro corremoniiente, por ante mí de que doy fe. — ALFREDO Orgaz — MANUEL J. Anoañanrís —
ENRIQUE V. GALL1 — Carros Herrera — Joror VERA VALLE-
JO — SEBASTIÁN SoLER — Jorge Arturo Peró (Secretario).


EXTRACCION DE FONDOS: CHEQUES JUDICIALES
e 'En Buenos Aires, a los 21 días del mes de diciembre del año 1955, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Alfredo Orgaz, y los Señores Ministros Doctores Don Manuel J. Argañarás, Don Enrique V. Galli, Don Carlos Herrera y Don Jorge Vera Vallejo; con asistencia del Señor Procurador General de la Nación Doctor Don Sebastián Soler, Considerando:

Que los giros y los oficios en que se disponen transferencias a cuentas bancarias, deben, según exigencia de los arts. 57

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1955, CSJN Fallos: 233:138 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-233/pagina-138

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 233 en el número: 138 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com