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Año: 1962, Fallos: 252:375 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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° DE JUSTICIA DE LA NACIÓN . 375 . gado al Juzgado de su procedencia y hágase saber lo resuelto, .

en la forma de estilo, al Señor Juez en lo Penal de La Plata.

BENJAMÍN VinLeas BasaviLBaso — >.

ArISsTóBULO D..ArÁoz De LAMADRID ' — Penro ABERASTURY — RICARDO - ConomBres — EstEBaN Imaz.

BLANCA LOPEZ ve DE MARCO JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales.

Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

" La supuesta infracción a los arts. 261 y 263 del Código Penal, que habría .

cometido en la Provincia de Buenos Aires el depositario judicial designado con motivo del exhorto librado por un juez nacional de la Cápital Federal, —.

debe ser investigada por el juez federal con jurisdicción en esa provincia, ° y no por el juez de instrucción de la Capital mi'por.el juez en lo penal provincial. Se trata de un delito del que puede resultar obstrucción a la ' ' justicia nacional y que debe ser juzgado por los jueces correspondientes del .

o lugar. donde, "prima facie", se habría consumado (1). PROVINCIA »: LA PAMPA v. CONSEJO NACIONAL Dr EDUCACION ;
NACION. Rs VE
— La intervención de la Nación como persona. jurídica es pertinente en los supuestos en que se discute la validez de la incorporación de un bién al patrimonio nacional, Porque en tales casos se excede notoriamente lo que es propio de'la actividad específica de los organismos "descentralizados, que constitu yen las entidades autárquicas. Se sigue de.ello que la parte efectiva,.en tales juicios de nulidad, lo es la Nación, cuya personalidad ¿jurídica priva respecto de las entidades administrativas respectivas y la actitud de éstas, en N el juicio, nc puede obstar al ejercicio de los derechos que asisten al Fisco Nacional. ENTIDADES AUTARQUICAS.

La creación de las entidades autárquicas obedece a la conveniencia de atri:

buirles personería para el ejercicio antónomo de funciones que, de lo con- .

— trario, deberían ser asumidas por la Nación de modo directo. . . . .

— (1) 30 de mayo, Fallos: 242:529 ; causas: "°Maéeira, Héctor J.'; "apelli, Juan J,'?; "Córdoba, Leónidas"?, del 8 de marzo, 26 de abril y 9 de junio de 1961, respectivamente, y "Baliozian, Jorge"', del 26 de febrero ppdo. °

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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:375 
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