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Año: 1962, Fallos: 253:8 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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decreto-ley 1285/58 (ley 14.467) sustituído por la ley 15.271, por tratarse de una causa en que la Nación indirectamente es parte.

En cuanto al fondo del asunto, la empresa del Estado actora actúa por intermedio de apoderado especial, el que ya ha asumido ante V. E. la intervención que le corresponde (fs. 374). — Buenos Aires, 28 de abril de 1961. — Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de junio de 1962.

Vistos los autos: "Agua y Energía Eléctrica (E. N; D. E) €/ Mercedes Benz Argentina S. A. Financ. Ind. Com. Inmob y de Mandatos y otra s/ cumplimiento de contrato".

Considerando:

19) Que el recurso ordinario de apelación interpuesto a fs.

355 únicamente por la co-demandada "Mercedes Benz Argentina S. A." contra el fallo del a quo (fs. 345/348), es procedente desde el punto de vista formal, atento lo dispuesto por el art. 24, ine, 6", ap. a), del deereto-ley 1285/58 (ley 15.271).

2") Que en el memorial ante esta Corte, la apelante limitó sus agravios a los siguientes: a) que de acuerdo con lo que surgo de autos, sólo existó un contrato de compraventa entre Agua y Energía Eléctrica (ENDE) y la co-lemandada COAR S. A., hahiéndoxe limitado Mercedes Benz Argentina S. A. a afinuzar como tercero la obligación de la vendedora hasta la suma de m$n 102.334; en el peor de los ensos, Mercedes Benz Argentina S. A.

fue ua oferente, pero nunca parte en el contrato, pues "la aceptación de su presunta oferta jamás le fué hecha conocer"; b) que el fallo del a quo deduce de "puras presunciones" la solidaridad entre las co-lemandadas olvidando que sólo la ley o la voluntad de las partes pueden ercarla, pues la solidaridad no se presume fs. 377/383). Debe admitir=o que tanto Mercedes Benz Argentina S. A. como COAR S, A. han negado la existencia de solidaridad entre ellas.

37) Que de las constancias agregadas a la causa resulta que el 10 de mayo de 1954 la firma Mercedes Benz Argentina S. A.

envió una comunicación a la actora con el fin de hacerle conocer su oferta "por diez unidades camionetas piel-up sobre chassis Mercedes Benz y diez camionetas rurales sobre chassis Mercedes Benz, de interés de la actora, mw la había recabado a la oferente contestación de fs. 25 vta.; fs. 5, exp. 221.373/54 por cuerda). Esta comunicación que comprende los plazos y

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Año: 1962, CSJN Fallos: 253:8 
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