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Año: 1963, Fallos: 257:203 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1963 — DICIEMBRE

ISAAC TOUSON v. EMPRESA NACIONAL D£ TELEFONOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos rarios.

Lo atinente a la improcedencia de la anulación, de oficio, de una cédula de notificación, es cuestión de hecho y de orden proeesal irrevisible, como principio, por vía «el recurso extraordinario.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos » sarantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

No importa violación de la garantía de la defensa en juicio el reconocimiento de la validez de actos procesales, aun mediando error procesal simple, en tanto tales actos cumplan su finalidad esencial.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Terquisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La sentencia suficientemente fundada no admite la tacha de arbitrariedad.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Resuelve cuestiones de hecho, prueba y derecho común, irrevisables en la instancia extraordinaria, la sentencia que, sin arbitrariedad, con fundamento en la inteligencia del contrato celebrado entre las partes y en disposiciones del deereto 7027/51, rechaza la demanda de consignación y hace lugar a la reconvención deducida. :

DiCTaMEN DEL ProctraDoR GENERAL Suprema Corte:

La sentencia apelada que decide el rechazo de la consignación y hace lugar ala reconvención se funda en razones de hecho y prueba y de derecho común y procesal, en la interpretación de los contratos celebrados entre las partes y en la aplicación de las disposiciones del decreto 7027/51.

En tales condiciones, el recurso extraordinario intentado, alegando violación de la defensa en juicio y arbitrariedad, no es procedente. En efecto, el primero de esos agravios no es atendi

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Año: 1963, CSJN Fallos: 257:203 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-257/pagina-203

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