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Año: 1965, Fallos: 262:49 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de la Nación, año 1955, pág. 2623). Dijo el senador Racedo, entre otros párrafos: °Los articulos 5 a 60 regulan el régimen de haberes del personal en actividad, Aunque en general se mantienen las normas ya existentes, se incorpora en el artículo 54 la disposición del deereto-ley 1665/57, por el que a fin de evitar en el futuro la sanción u otorgamiento de incrementos de los haberes que posteriormente no se computaban a los efectos del retiro, producióndose una diferencia notable e injusta entre el haber mensual en actividad y el haber de retiro, se establece que toda asignación que se otorgue con enrácter general se incorporará al sueldo determinado por el artículo 55 de la ley, En esta forma se suprimirá la falta de relación que hemos tenido oportunidad de conocer en la vida diaria, entre las cantidades asignadas a sueldo y los deberes y derechos propios de cada uno de los grados de la jerarquía militar, como asimismo con referencia al costo de la vida. Por otra parte, esa modificación tendrá directa repercusión en la situación del personal en retiro y en los pensionistas militares." En los artículos restantes y que se refieren al haber de retiro, se dispone en el artículo 74 que deberá haber una proporción fija entre el haber de actividad y el de retiro, que no podrá ser inferior al noventa por ciento cuando el retiro

A esas expresiones —v entre varias otras— cabe agregar lo manifestado en la Cámara de Diputados de la Nación a través de los siguientes términos: °En el enpítulo IV, que trata de haheres, en su artíenlo 54 (se) establece que cualquier asignación con carácter zeneral que debe otorgarse en efectivo se efectuará con carácter de sueldo, eliminando así la posibilidad del imeremento por haberes que luego no irían a incrementar el haber de retiro estableciendo de esta manera una situación de injusticia con respecto a los militares retirados", En el capítulo V, al tratar el haber de retiro, además de establecer en forma clara que éste no será inferior al 90 del

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:49 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-262/pagina-49

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