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Año: 1965, Fallos: 263:215 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ACTUALIZACION DEL REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA

DIRECCION ADMINISTRATIVA Y CONTABLE DEL PODER JUDICIAL
En Buenos Aires, a los 5 días del mes de noviembre del año 1965, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Aristóbulo D. Aráoz de Lamadrid y los Señores Jueces Doctores Don Pedro Aberastury, Don Ricardo Colombres, Don Esteban Imaz, Don Carlos Juan Zavala Rodríguez y Don Amílear Angel Merender, con asistencia del Señor Procurador General de la Nación, Doctor Don Ramón Lascano, Consideraron :

Que teniendo en cuenta la necesidad de actualizar los montos previstos en la Acordada de 17 de junio de 1960, corresponde efectuar las modificaciones pertinentes. en concordancia también con el proceder adoptado en su ámbito por el Poder Ejecutivo Nacional —eonfr. Decreto 6204 del 6 de agosto ppdo.—.

Que, asimismo, debe tenerse presente lo dispuesto por la Acordada de 17 de marzo de 1961, referente a las facultades de la Presidencia de la Corte Suprema en materia de Superintendencia, y la atribución conferida por el artículo 59 de la Ley de Contabilidad. .

Resolvieron :

Dictar las siguientes normas reglamentarias:

1) Las contrataciones hasta un millón de pesos moneda nacional (mn 1.000.000,00) ajustadas al procedimiento establecido en los arts. 55 y 56 de la Ley de Contabilidad serán antórizadas y aprobadas por el Director General de In Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial de la Nación.

Asimismo, el Director General autorizará y aprohará las contrataciones de personal obrero destinado a la refección y conservación de edificios que no superen los cuarenta y cinco días hábiles comecutivos o los noventa días hábiles er el ejereicio financiero.

Exceptúanse de lo dispuesto en este artículo la venta de bienes que superen los cien mil pesos moneda nacional (mgn 100.000,00), la que deberá realizarse mediante remate público autorizado y aprobedo por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

2) Las contrataciones superiores a un millón de pesos moneda nacional mén —1.000,000,00) y hasta dos millones de pesos moneda nacional (men 2,000,000,00), serán autorizadas por el Director General de la Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial de la Nación y aprobadas por el Pre sidente de la Corte Suprema de Justicia.

3") Las contrataciones superiores a dos millones de pesos moneda nacional mén 2.000.000,00) serán autorizadas y aprobadas por Resolución del Presidente de la Corte Suprema de Justicia. .

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:215 
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