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Año: 1966, Fallos: 265:127 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1966 — JULIO

SOL LOPEZ
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Cansas crimimales.

La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo, desestimatoria del recurso deducido contra el decreto que dispuso la exoneración del apelante, es insusceptible del recurso ordina rio de apelación, fundado en el art. 24, ine. 3", del deereto-ley 1285/58, pues aquélla no comporta un pronunciamiento condenatorio dictado en causa penal (1).


JULIO HECTOR MEIRAMA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos. varios.

Las resolucio.es relativas a la existencia de medios legales adecuados que excluyen la admisibilidad de la neción de amparo son, como principio, -irrevisables en la instancia extraordinaria. Tal doctrina resulta aplienble al pronunciamiento que, en el caso, deelarn no haberse agotado la instancia fuministrativa reglamentada por el deereto 3377/44 de la Provincia de Entre Ríos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de julio de 1966.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el recurrente en la causa Meirama, Julio Héetor s/ recurso de amparo", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando: :

1) Que esta. Corte tiene decidido, reiteradamente, que las resoluciones relativas a la existencia de medios legales adecuados que excluyen la admisibilidad de la acción de amparo son, como 1) 8 de julio a

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Año: 1966, CSJN Fallos: 265:127 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-265/pagina-127

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