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Año: 1967, Fallos: 267:71 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSOS DE HECHO. DEPOSITOS.
En Buenos Aires. a los 3 días del mes de marzo del año 1967, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Don Roberto E. Chute, Don Mareo Aurelio Rivolía, Don Luis Carlos Cabral y Don José F. Bidau, Consideraron :

Lo dispuesto en los arts. 8, 9 y 10 de la ley 17.116.

Resolvieron:

1") Abrir en el Banco Municipal de la Ciudad de Buenos Aires una cuenta bajo el rubro "Corte Suprema de Justicia de la Nación, arts. 8/10, ley 17.110".

2") Cuando ve halle firme la sentencia que desestime el recurso de lecho, el expediente se pasará a la Prosecretaría del Tribunal, disponiéndose la trans ferencia de los fondos depositados a la cuenta antes mencionada.

3) La Proseerctaría del Tribunal Nevará un libro de hojas movibles donde, por duplicado, se asentará: letra, número, libro, año y carátula del recurso de hecho; fecha de las resoluciones del Tribunal desestimando la queja y dir ponicndo la transferencia de los fondos y fecha de ingreso de éstos n dicha cuenta, con arreglo a lo que informe el Banco. Cuando todos los datos de cada hoja movible se hallen completos, la Prosceretaría remitirá un ejemplar a la Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial.

4") Para la inversión de los fondos en la forma dispuesta por el art. 9, segunda parte, de la ley 17.116, se dará intervención a la Dirección Adminis trativa y Contable del Poder Judicial. Sin perjuicio de las atribuciones del Tribunal, se tendrán en cuenta los pedidos registrados en esa Dirección que no hayan sido aún satisfechos ni cuenten con partidas al efecto, y los que se formulen en el futuro, Conforme con ello y con la existencia de fondos, se dispondrá la adquisición de obras, mediante resolución del Señor Presidente de la Corte Suprema. .

5) La Prosecretaría llevará un libro demostrativo de la cuenta de entradas y validas y enda tres meses hará saber mu estado a la Presidencia del Tribunal y ala Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial, Todo lo eval dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, ¡or ante mí, que doy fe. Epvamo A. Orrz RasvaLno — Rosero E. Cuete — Marco Avreno Risoía — Lvis Carros Canna. — José F. Binav, Ricardo J. Brea (Secretario).

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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:71 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-267/pagina-71

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