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Año: 1967, Fallos: 267:65 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

Lo atinente a los requisitos formales de la expresión de agravios, constituye euestión meramente procesal irrevisable por vía del art. 14 de la ley 48.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de febrero de 1967.

Vistos los autos : "Reeurso de hecho deducido por Elda Margarita Domínguez en la causa Guzmán, José María e/ Carrizo, Antonio", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que para el otorgamiento del recurso extraordinario sobre la base de la invocación del art, 18 de la Constitución Nacional se requiere que medie en la causa privación efectiva de la defensa o, por lo menos, restricción substancial de la misma.

Que no procede dicho recurso, en consecuencia, cuando la indefensión alegada proviene de la conducta discrecional del apelante, quien —como surge de la sentencia—a pesar de haber sido considerado parte en la causa con el tácito consentimiento de la actora y de haber tenido ocasión de defender su derecho, no hizo valer adecuadamente sus pretensiones en el juicio.

Que, siendo esto así, la alegada circunstancia de no ser cl juicio especial de ejecución hipotecaria la vía pertinente para demostrar la posesión que la recurrente invoca, comporta en el caso un agravio meramente conjetural que no sustenta la apelación extraordinaria.

Que, por lo demás, lo concerniente al trámite que corresponde imprimir a los juicios y a las facultades de los jueces de la cnusa es ajeno a la instancia de excepción. Y lo atinente a los requisitos formales de la expresión de agravios, constituye cues— tión meramente procesal irrevisable por la vía del art. 14 de la ley 48... en, Por ello, se desestima la queja.

Epvanno A. Orriz BasvaLDo — RonERTO E. CHUTr — José F. Biar.

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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:65 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-267/pagina-65

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