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Año: 1970, Fallos: 277:9 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1970 — JUNIO
OSVALDO BARZACHI v. LOPEZ CAMPOS y Cia, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resolu ciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.

Las decisiones atinentes a las etapas del proceso, tales como la pérdida del derecho a contestar la demanda, no dan lugar a la inmedista concesión del recurso extraordinario (1).

SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES ve EDIFICIOS ve RENTA y HORIZONTAL v. CONSORCIO DE PROPIETARIOS JUNIN 38/40 CONSTITUCION NACIONAL: Derecho: y garantías. Defensa en juicio. Procedi miento y sentencia.

Debe ser dejada sin efecto la sentencia de la Cámara del Trabajo, fundada en un precedente jurisprudencial según el cual los convenios colectivos invocados por el actor no serían aplicables en vistud de la falta de representatividad del ente patronal que los suscribió, si el único agravio llevado a la alzada fue el de no mediar el desistimiento total de la prueba en que se fundó el Jues para no hacer lugar a la demanda y que había acreditado, mediante la abeolución de posiciones en rebeldía, la existencia de un "encargado permanente sin vivienda".

SENTENCIA: Principios generales.

Los tribunales de alzada no pueden exceder la jurisdicción que les acuerdas los recursos concedidos para ante ellos.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:

Por las razones que fundan mi dictamen del 14 de abril pode en los autos "Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Horizontal (S.U.T.E.R.H.) c/ Consorcio de Propietarios del EdiFicio Cuba 1993 s/ nc. convenio" (5.89, L. XVI), y que en homenaje a la brevedad me permito dar aquí por reproducidas, opino que 1) 19 de junio. Fallos: 247:284 : 261:37

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Año: 1970, CSJN Fallos: 277:9 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-277/pagina-9

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