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Año: 1972, Fallos: 282:414 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Dictames mer Procunanor GENERAL Suprema Corte:

El recurso ordinario de apelación interpuesto por la actora procedente con arreglo 4 lo dispuesto por el art, 24, inc, 6", ap. a del decreto ley 1285/58, sustituido por la ley 17.116.

En cuanto al fondo del sumo, el Fisco Nacional DGI.

actua por intermedio de apoderado especial, que va ha usumido ame VE. la intervención que le corresponde


FALLO DE 11 CONTE SUPREMA
Buenos Mires, 12 de mayo de 1972.

Vbtos los aun: "Parker Pen Argentina S. AL. y Co cape lación", Considerando:

17 Que as 143 149 La Sala Contenciosnadministrativa nm" 2 de La Camara Nacional de Apelaciones endo Federal confirmo la sentencia «del Tribunal Fiscal de la Nación, obrante a fx 94 99, que 4 tt vez his otro tanto con La resolución de la Dirección General Impositiva del 28 de diciembre de 1967 por la que se determino de oficio la obligación tributaria de "Parker Pen Argentina S.ALCS, correspondiente a los años 1961 a 1966 inclusive, en la suma de mSn 78.151.761, considerándola sujeta al » del impuesto interno 4 los objetos suntuarios en razón de a. el oro en las plumas de las lapiceras estilográficas que fabrica y vende en el país. Contra ese pronunciamiento se interpone a Es. 152 el recurso e de apelación, concedido a fs. 153. que es procedente con arreglo a lo dispuesto por el art. 23, inc. 69, ap. a), del decretoley 1285 38, sustituido por la lev 17.116.

2 Que la Dirección General Impositiva estimó que la empresa está alcanzada por el gravamen fijado en la ley 14.393 de impuestos internos (Lo. 1956 y sus mad), sin que pueda ampararse en ninguna de las exenciones previstas por el art. 103 de esa ley

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Año: 1972, CSJN Fallos: 282:414 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-282/pagina-414

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