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Año: 1974, Fallos: 289:170 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Consideraron:

Que resulta necesario contemplar la situación del elevado número de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial que habiendo cesado en sus funciones por distintos motivos (opción a los beneficios jubilatorios de la ley 20.550, carencia de Acuerdo del Honorable Senado, etc.) solicitan el pago de los haberes correspondientes a la parte proporcional al tiempo trabajado en el año en que se produce su separación del cargo.

Que si bien no existe norma legal expresa que permita reconocer a favor de los integrantes del Poder Judicial de la Nación compensaciones como la mencionada precedentemente, procede aplicar —por analogía— lo establecido en el decreto 1429/73, artículo 39, inciso £).

Que, a fin de agilizar su tramitación, corresponde autorizar a la Dirección Administrativa y Contable del Poder Judicial de la Nación a liquidar directamente los haberes que resulten de la aplicación de dicha norma, previa reclamación administrativa.

Acordaron:

Autorizar a la Dirección Administrativa y Contable a abonar directamente —prevía reclamación administrativa— a magistrados, funcionarios y empleados que —por cualquier causa— se desvinculen del Poder Judicial de la Nación, la parte de licencia proporcional al tiempo trabajado en el año en que se produzca la baja.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el bro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Micuer Ancel Bencarrz — Acustin Díaz Baer — Manver Anavz CAStEx — EnnEsto A. Comvarán NascLAnEs. Carlos María Braco (Secretario).


TRIBUNALES NACIONALES EN LO COMERCIAL. SE DISPONE: a) CLAUSURA

PREVENTIVA DEL INMUEBLE CARLOS PELLEGRINI No 91; b) FERIADO

JUDICIAL PARA LOS TRIBUNALES DE DICHO FUERO CON ASIENTO EN

EL EDIFICIO POR 8 DIAS A PARTIR DEL 29 DEL CORRIENTE; c) HACER
SABER A LA DIRECCION ADMINISTRATIVA Y CONTABLE PARA QUE ,

ARBITRE DIVERSAS MEDIDAS Y d) COMUNICAR AL MINISTERIO DE

JUSTICIA PARA QUE CONSIDERE LA SITUACION LEGAL CREADA
—No MEn Buenos Aires, a los 28 días del mes de agosto del año 1974, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Bercaitz y los Señores Jueces Doctores Don Agustín Díaz Bialet y Don Manuel Arauz Castes,

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:170 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-289/pagina-170

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