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Año: 1974, Fallos: 289:173 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1974 — AGOSTO
S.A. SOLARI BACIGALUPPI PAVIMENTACION y CONSTRUCCIONES, C. e 1.

v. MUNICIPALIDAD DE 14 CIUDAD ve BUENOS AIRES RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Expropiación.

La decisión de la Cámara que denegó el derecho al reconocimiento de intereses reclamado por el actor —en tanto no media desposesión material del bien expropiado— resuelve con fundamentos suficientes de hecho y derecho común, una cuestión privativa de los jueces de la causa y ajena a la ins tancia extraordinaria (').


PROVINCIA DE BUENOS AIRES v. S.A. EL RELAMPAGO, C.1. € L, y OTRO
DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Extracontractual.

Corresponde hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios si el conductor de un camión —propiedad de la demandada, que no demostró haberse desprendido de su guarda— ha sido imprudente al infringir disposiciones sobre la circulación de vehículos que impiden adelantarse por la derecha.

En cuanto al monto de los daños, debe estarse a las constancias de un expediente de la Provincia actora, a las que corresponde otorgar plena validez por tratarse de prueba instrumental no impugnada y emanar de actua ciones administrativas.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

V. E. es competente para seguir conociendo en la presente causa por las razones dadas a fs. 21.

En cuanto al fondo del asunto, las cuestiones debatidas son, por su naturaleza, ajenas a mi dictamen. Buenos Aires, 12 de diciembre de 1973. Enrique C. Petracchi.

1) 2 de agosto.

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:173 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-289/pagina-173

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