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Año: 1974, Fallos: 289:172 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. CREACION DE CARGOS Y DISTRIBUCION

DE LOS MISMOS ENTRE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL Y SECRETARIAS

PRIVADAS DE LOS SEÑORES MINISTROS. NORMAS RESPECTO DEL

PERSONAL DE ESTAS ULTIMAS
—No 35En Buenos Aires, a los 29 días del mes de agosto del año 1974, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Miguel Angel Bercaitz y los Señores Jueces Doctores Don Agustin Díaz Bialet, Don manuel Arauz Castex y Don Emesto A. Corvalán Nanelares, Acordaron:

19) Créanse en la Coste Suprema de Justicia de la Nación los siguientes cargos:

un (1) Jefe de Departamento; un (1) Oficial Superior de 6: cuatro (4) Auxiliares Superiores de 1? y suprímense los siguientes cargos: un (1) Oficial Superior; un 1) Auxiliar Superior de 22; un (1) Auxiliar Principal de 4° y dos (2) de Auxiliar.

2) Los cargos de Jefe de Departamento y de Oficial Superior de 6? creados por el artículo anterior, quedan asignados a la Presidencia de la Corte; y los cuatro cargos de Auxiliar Superior de 1, corresponderán al Despacho de cada uno de los otros Señores Ministros.

3) Cada uno de los Señores Ministros dispondrá acerca de las designaciones y funciones a asignar en sus respectivos Despachos a los agentes referidos en los artículos anteriores.

4) Los agentes que se desempeñan en la secretaría privada del Despacho de cada uno de los Señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia, incluida la Presidencia, percibirán, por encontrarse fuera de escalafón, una bonificación del diez por ciento (10) cada cuatro años de prestación continuada de servicios en dicho destino, computados a partir de la fecha en que comenzaron a desempeñarse en tales funciones.

50) El personal que se desempeña en la secretaría privada del Despacho de cada Ministro, que pasare a otras funciones ajenas al mismo, ingresará al escalafón con el cargo que resulte de computar el sueldo correspondiente al cargo que ocupa con más el incremento del artículo 4 obtenido hasta ese momento.

6) Los cargos y supresiones que se disponen por la presente Acordada se harán efectivos a partir del día uno de setiembre próximo venidero.

70) Autorízase 2 la Dirección Administrativa y Contable para imputar la mayor erogación que demande el cumplimiento de la presente Acordada a la Partida Principal 1199 "Créditos a Distribuir" hasta tanto se los incorpore al Presupuesto.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe. Micuer. ANGEL BENCANZ — Acustín Díaz BIALer — Mantrt. Anavz CAstEx — ERxEsto A. Convarán NasCLABES. Arturo Alonso Gómez (Secretario).

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Año: 1974, CSJN Fallos: 289:172 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-289/pagina-172

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