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Año: 1976, Fallos: 295:7 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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AÑO 1976 — JUNIO

SIMEON MODESTO RAMIREZ y OTROs Y CREGORIO MOGOLIANSKY
y Omo nECURSO EXTRAORDINANIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Inserpretación de normas y actos comunes.

Man el caso, al entrar en vigor aqulla, no se habia etfecho el crédito en cuestión.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.

No procede el recurso extraordinario cuando el amravio constitucional. en we inaoeptable cualquier planteo constitucional respeto del pago de los eros tuya actualización remita de la falta de cumplimiento oportuno de sus obli Suprema Corte:

Al dictaminar en la fecha en los autos "Camusso Vds, de Marino €/ Perkins S.A" (expte. M. 120, 1. XVII) he tenido oportunidad de emitir opinión favorable a la validez constitucional de la ley 20,695.

En obsequio a la brevedad me permito dar aquí por reproducidas las razones que fundan ese dictamen, y en su mérito estimo que cor ponde confirmar el fallo apelado. Buenos Aires, 23 de febrero de 1976.

Enrique C. Petracchi.

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Año: 1976, CSJN Fallos: 295:7 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-295/pagina-7

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