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Año: 1981, Fallos: 303:12 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JUAN CARLOS GHIANO v. NACION ARGENTINA
PENSIONES,
Corresponde confirmar la sentencia que asigna al ganador del Certamen Nacional de Ensayos "Juan Bautista Alberdi" la renta vitalicia instituida por la ley 16516, Ello así, pues la mencienada norma se inspiró en el mismo propósito que la ley 9141 —que instituyó los premios nacionales—:

el fomento de la producción cientítica y literaria de la República" Cart. 1).

LEY: Interpretación y aplicación, Por encima de lo que las leyes parecen decir literalmente, es propio de la interpretación indagar lo que ellas dicen jurídicamente; en esta indagación no cabe prescindir de las palabras de la ley, pero tampoco atenerse rigurosamente a ellas, cuando la interpretación razonable y sistemática así lo requiere.

LEY: Interpretación y aplicación.

En los casos no explicitamente contemplados, debe preferirse la interpretación que favorece y no la que difículte los fines perseguidos por las normas.

PENSIONES.
La controversia sobre la concesión de una renta vitalicia al vencedor del Certamen Nacional de Ensayos "Juan Bautista Alberdi" en base a la legislación establecida para premios nacionales, no trata sobre uno de aquellos beneficios previsionales de excepción que han de interpretarse restrictiva» mente, síno de uno derivado de un premio y estímulo a la labor intelectual, lo que aconseja adoptar un criterio amplio en su aplicación que es el que mejor se compadece con el espíritu y finalidad de la ley,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

En el recurso extraordinario interpuesto a fs. 188/193 vta. se solicita se revoque la sentencia de fs. 182/185 que hizo lugar a la demanda.

Sostiene el apelante que ha errado el a quo en la interpretación del decreto N° 989/66 al entender que la obtención del premio en el

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:12 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-303/pagina-12

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