Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1989, Fallos: 312:1935 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

adecuado ejercicio de la función del control del tráfico internacional de mercaderías asignadas a las aduanas, ...". En ese sentido, merece recordarse que fue la ley 14.792 la que por primera vez estableció una definición genérica del delito de contrabando en el inc. f) del art. 187, como "todo acto u omisión tendiente a substraer mercaderías o efectos a la intervención aduanera o a impedir mediante ardid o engaño el adecuado ejercicio de las facultades que las leyes acuerdan a las aduanas", fórmula que fue reproducida sin variantes por el art. 187, apart.1delaley21.898, y actualmente incorporada al Código aduanero por el art. 863, con el reemplazo de las palabras "a las aduanas" por servicio aduanero", con el objeto de concordarlo con la terminología del ' código —según se señala en la exposición de motivos— y agregándose en su parte final "para el control sobre las importaciones y las exportaciones". - , 8°) Que, de esta manera, el legislador ha concebido al delito de contrabando como todo acto u omisión tendiente a sustraer mercaderías o efectos a la intervención aduanera, frustrando con tales conductas el adecuado ejercicio de las funciones legales del servicio aduanero.

Allí reside el bien jurídico protegido, entendido como la necesidad de la administración pública de controlar y encauzar la actividad comercial de los particulares como bien común y velar por la correcta ejecución de las normas que estructuran el ordenamiento económico nacional. Tal es la doctrina de Fallos: 296:473 , donde el Tribunal estableció que la incriminación del contrabando como delito tiene un fundamento económico y que persigue, esencialmente, la protección de normas establecidas por razones de orden público (confr. asimismo Fallos: 302:1078 ).

9") Que tal forma de entender el contrabando concuerda con la que inspiró el proyecto de la ley 14.792, en cuyo mensaje de elevación al Congreso, advirtiéndose las nuevas modalidades que adoptaban aqueTlas conductas ilícitas, se expresó con referencia al contrabando documentado: "la comisión de ciertos delitos, como la falsificación o adulte- ración de documentos públicos u otros análogos para aparentar el cumplimiento de extremos que reglan el despacho de mercaderías permiso de cambio...) o el régimen impositivo o cambiario... o la .

cancelación de compromisos pendientes ante la aduana..., constituyen hechos que actualmente castiga la ley común en forma excluyente, aún .

cuando estén unidos al cohecho y ala violación de deberes de los agentes encargados de velar por los intereses fiscales. Por aplicación del proyectado inciso d), que se comenta, esos actos ilícitos serán también

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1935 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-312/pagina-1935

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 312 Volumen: 2 en el número: 433 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com