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Año: 1990, Fallos: 313:575 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JULIO .

RICARDO JAIME DEL VAL (GOBERNADOR pt LA PROVINCIA vz SANTA CRUZ)
AVOCACION, Siendo un hecho público y notorio la destitución del presentate como Gobemador de la Provincia de Santa Cruz, resulta abstratto pronunciarse sobre el pedido de avocación.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema.

Generalidades. .

Enelan. 101 de la Constitución Nacional se establecen de modo taxativo los casos en que la Corte ejercerá una jurisdicción originaria exclusiva.

AVOCACION, .
La avocación pretendida por quien fuera destituido como gobemador de provincia implicaría omitir el requisito de apelación que surge de la Constitución Nacional de modo que ampliaría, tambien contrariando a la Ley Suprema, lá extensión de la jurisdicción originaria del Tribunal.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bucnos Aires, 3 de julio de 1990.

Vistos los autos: "Del Val, Ricardo Jaime, Gobernador de la Provincia de Santa Porser un hecho público y notorio la destitución del Sr. Ricardo Jaime Del Valcomo Gobernador de la Provincia de Santa Cruz, resulta abstracto pronunciarse sobre el pedido de avocación.

RICARDO LEVENE (11) - MARIANO AuGUsto CAVAGNA MARTÍNEZ - CARLOS S. FAYT (en disidencia) - Aucusro CEsar BeLLuscio - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Ropotro C. BARRA - JuLio S. NAZARENO - JULIO OYHANARTE, °

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:575 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-575

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