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Año: 1991, Fallos: 314:859 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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frente al enemigo o frente a tropa formada con armas (artículo 656), o en acto de servicio de armas o con ocasión de el (artículo 657).

9) Que, fuera de los casos anteriormente mencionados, o de los artículos 659 y 662, la figura residual contenida en el citado artículo 658, segundo párrafo, no se diferencia en substancia del delito de homicidio previsto y sancionado por el Código Penal, y la afectación a la disciplina, que en rigor ocurre con cualquier delito cometido dentro de una unidad militar, no es suficiente para convertira este supuesto -en el que los jueces subsumieron el hecho, cualquiera que fuese el acierto o error de tal adecuación típica- en un delito esencialmente militar, en los términos del artículo 108 del ordenamiento castrense.

Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General, se revoca la , resoluciónapelada. Hágase saber y devuélvase, a finde que por donde corresponda se dicte una nueva resolución de conformidad con lo aquí resuelto.

RICARDO LEVENE (11) — MARrIaNo AucusTo CAVAoNa MARTíNez (en disidencia) — CARLos S. FAY — AuGusTo CÉsar BELLUscIO — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — EDUARDO MoLinf: O'Connor — ANTONIO BOGGIANO.

DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE PRIMERO DOCTOR

DON MARIANO AUGUSTO CAVAGNA MARTÍNEZ
Considerando:

1) Que contra la resolución de fs. 483/483 vta. de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, por la que se declaró la competencia del Consejo de Guerra Permanente para el Personal Subalterno del Ejército "Buenos Aires", para que continúe entendiendo enla presente causa, se interpuso el recurso extraordinario de fs. 508/513, concedido a fs. 516.

2") Que en esta causa se investiga la presunta comisión del delito de vías de hecho contra un superior con muerte resultante (artículo 658, segundo párrafo, del Código de Justicia Militar), enla que se encuentra procesado el cabo primero (GN) Rubén Emilio Maza, a quien se le imputa haber dado muerte al segundo jefe del Escuadrón 37 "José de San Martín", comandante Angel Vicente Moreno, de dos disparos con el fusil FAL que portaba.

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:859 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-314/pagina-859

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