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Año: 2005, Fallos: 328:554 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de marzo de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

Que contra la sentencia recaída a fs. 773/781 el codemandado Fermín Rey interpone recurso de aclaratoria relacionado con el tema atinente a la imposición de las costas en que se ha incurrido en el pronunciamiento definitivo con respecto a la prescripción opuesta por el recurrente.

Que el planteo debe ser atendido a fin de subsanar la omisión en que se ha incurrido en el pronunciamiento referido. En consecuencia, corresponde aclarar que las costas deben ser distribuidas en el orden causado, en atención a la complejidad de la cuestión y ala calificación jurídica efectuada en el considerando 6 (art. 68, segunda parte del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se resuelve: Adarar la sentencia de fs. 773/781 en el sentido indicado. Notifíquese.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO César BeLLuscio — ANTONIO
BoccIANo — JUAN CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI.

Nombre de la actora: Coco, Fabián Alejandro, representado por el Dr. Lucas C.

Incicco.

Nombre de los demandados: Fermín Rey, letrado apoderado Dr. Roberto Bruzzoni.


UNION DE CONSUMIDORES oe ARGENTINA v. ARCOS DORADOS S.A. y OTRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comercial es. Daños y perjuicios.

La demanda interpuesta por una asociación de consumidores —con fundamento en la ley 24.240- afin de diligenciar una serie de medidas previas a la promoción

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:554 
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