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Año: 1891, Fallos: 45:243 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA COLYE
El Lanco Hipotecario Nacional, contra D..Juan Benito toño, por cobro de pesos: sobre mhibieion general Sumario, —1 La inhibicion general de bienes, no está autorizada por la ley de Procedimientos nacionales como medida preventiva, 2 Es distinta la inhibicion ó embargo de un bien raiz determinado.

Caso.—D. Alberto Peralta Ramos, por el Banco Hipotecario Nacional, se presentó ante el Juzgado exponiendo: Que D. Juan B. Goñi hipotecó á favor del mencionado lanco, en 10 de Octubre de 1888, ante el Escribano D, Vietorio A. Marquez, un terreno ubicado en San José de Flores, por la cantidad de 80.000 posos en cédulas de la séric D, Que no habiendo el deudor pagalo los servicios correspondientes, el Directorio «el Banco, usando de Jas facultades que le confieren los artículos 50 y 51 de su ley orgánica anunció el remate dela propiedad para el 7 de Marzo del corriente año: y, | como no hubo postor, el llanco se halla en el caso de poder ejercitar la accion personal contra los demás bienes del deudor, segun el artículo 43 de ia ley, :

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:243 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-45/pagina-243

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