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Año: 1870, Fallos: 9:24 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Butierrez anduvo con fueza armada en los espresados años, se titulaba Mayor y Comandante bajo las órdenes de Varela, lo que no deja duda de que era el Jefe superior de las fuerzas que le acompañaban, con sujecion únicamente á Varela, y por consiguiente el cabecilla de la rebelion en aquella parte de la Provincia. — Respecto de la tercera circunstancia, están las deposiciones contestes de los espresados testigos en su primera declaracion, y la de Pedro Martinez
á f£ 62 que dice: que estando presos en el Yagúe D.
Argelino Carreño y D. Benigno Sarmiento, el declarante se empeñó con Butierrez para que les salve la vida, á lo que le contestó Butierrez que sí, pero que les iba á imponer otra pension, y que despues supo por la voz pública que les sacó contribuciones de dinero, ignorando la cantidad. — Tanto este testigo como D. Luis Rodriguez declaran de oidas sobre este punto, refiriéndose á la voz pública, y D.

Ramon Angulo afirma «ue sabe que los espresados Carreño y Sarmiento, dieron la contribucion que se les impuso y salvaron asi la vida, sin espresar como lo sabe. —Sin embargo la circunstancia de haber dicho Butierrez á Martinez que salvaria la vida de los presos, pero que les iba á poner otra pension, agregada á las declaraciones indagadas y al informe minucioso de la madre de Carreño que corre de f. 63 á GH, arrojan fuertes presunciones de veracidad sobre el hecho de las contribuciones; presunciones que se elevan á un grado de verdad indisputable, teniéndose en vista lo declarado por el procesado al respecto. Este dice á f. 46 que no les impuso contribuciones á los presos, pero que tanto Carreño como Sarmiento dieron espontáneamente dinero para sus fuerzas; que Carreño dió como 800 pesos, y Sarmiento como 100. — Despues de esta declaracion no queda duda sobre la imposicion de esas contribuciones, pues no puede concebirse espontaneidad en los, que las dieron, hallándose como se hallaban presos por él mismo que las recibió, y habiendo sido ya ascsinado uno de los capturados por la comision que los

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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:24 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-9/pagina-24

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