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Año: 1921, Fallos: 134:87 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tivar el recurso extraordinario a que se refiere el artículo 14 de la ley de jurisdicción y competercia.

En su mérito y conforme con lo pedido por el señor Procurador General, se declara 00 haber lugar al recurso, Noti fíquese y repuesto el papel archivese, devolviémdose los amos principales con testimonio de la presente.

A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL SoLar, — D. E. Patacio. — J. FIGUEROA ALcorta. — RaMÓN MéxDEz.

Cristión Mackenprang. su ertredicción, a solicitud de la Embajada de los Estados Unidos de Amégica.

LI
Sumario: No tiene carácter de definitiva a los fines del recurso antorizado por el artículo 3." de la ley 4055. la resolución de una Civara Federal confirmatoria de la del Juez de Sección, que se límita a denegar la mueva captura de la misma persona identificalla ya como extraña a la que podría motivar el pedido de extradición.

Caso: lo explican las pie: zas siguientes:


AUTO DEI, SEÑOR JUEZ FEDERAL
B hía Blanca, julio 6 de 1999.

Atento lo que remlta de la confrontación de los datos contenidos en la documentación presentada por la Embajada de Estados Unidos con los datos que se hallan consignados en La

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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:87 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-134/pagina-87

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