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Año: 1928, Fallos: 150:74 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA los inquilinos en el término de veinte días. lo que motiva los recursos interpuestos por ambas partes.

2" En atención a los antecedentes y preceptos legales expresados, es sólo la fijación de dicho término lo que puede ser mo- , tivo de apreciación del Tribunal, toda vez que el inquilino como el propietario en caso de urgencia no puede oponer a la ocupa-.

ción por la Municipalidad, ni los términos de su contrato, ni los de la ley en los casos comunes de desalojo, ni los trámites y formalidades de juicio que para otros supuestos establecen las leyes.

No existe con ello ataque alguno a sus derechos, toda vez que, a los efectos de la estimación ulterior de las mejoras que hayan de indenmizársele, nada impide tomar un prolijo estado de la condición actual de las mismas, según lo ha resuelto la S.

C. N. en un caso análogo que se registra en el tomo 56 pág. 201 de la colección de sus fallos.

3 En cuanto a la intervención del inquilino reclamante en el juicio, corresponde atimitirla a los fines de la indemnización de los perjuicios que la expropiación puede irrogarle, con arreglo a lo resuelto por el Tribunal en el juicio de la Municipalidad contra Anzola que se publica en «Gaceta del Foro», tomo 56 pág. 148 , y en el juicio que se cita de la Municipalidad contra Tornquist de Shaw, en el que han uo motivo tales perjuicios de apreciación por el Tribunal en la sentencia de fs. 62 que se ha tenido a la vista para mejor proveer.

4° Establecido lo anterior, corresponde sólo resolver respecto al término fijado por el auto de fs. 12 vta. que resulta prudencial sobre todo si se tiene en cuenta el tiempo transcurrido desde la notificación de fs. 26.

Por estos fundamentos y con los alcances señalados en los considerandos segundo y tercero, no ha lugar a la nulidad y se confirma la providencia apelada de fs. 12 v. — Pera. — Casubal. — Sayanca.

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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:74 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-150/pagina-74

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