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Año: 1933, Fallos: 166:327 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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VISTA FISCAL — Señor Juez:

De las constancias del proceso instaurado a Mejandro Santa Cruz Echevert, se desprende que éste se encuentra acusado «e haber cometido el delito o mejor dicho los delitos de defraudaciones reiteradas, El primero de esos delitos es cometido en jurisdicción federal o sea en e! Territorio Nacional del Chaco (Resistencia).

El subsiguiente en jurisdicción provincial (Tucumán).

En consecuencia y aplicando la disposición del art. 39 del .

Código de Proc. en lo Criminal deben juzgar primeramente los Tribunales Nacionales.

En ese sentido mi dictamen. — R. Ferrcira.


AUTO DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN
Tucumán, Mayo 31 de 1932 Autos y Vistos:

Esta causa seguida contra Alejandro Santa Cruz Etchevert, de las condiciones personales que constan en uutos, como presunto autor del delito de defraudación, a Mario Barrirero; y Considerando :

Que el procesado convino con la presunta víctima la exhihición de unas peliculas cinematográficas dentro de la Provincia de Santa Fe. Consta de autos que Etchevert por el trabajo a realizar debia percibir una comisión sobre el producido. además del sueldo mensual que como empleado se le asignó.

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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:327 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-166/pagina-327

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