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Año: 1937, Fallos: 179:342 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONCURSO ESPECIAL — EMBARGO: PROCEDENCIA
Sumario: Teniendo el mismo origen e igual grado de preferencia según la ley civil, los créditos que diversos aereedores ejecutan en otros tantos juicios contra una misma provincia, en los cuales se han embargado en fechas distintas bienes de aquélla, y mediando la solicitud de uno de los acreedores embargantes, corresponde ordenar la formación de un concurso especial a fin de que a partir de la resolución en que ello se disponga. los acreedores cobren a prorrata y en proporción al monto de sus respertivos eréditos y no por el orden de fecha de sus embargos.

Juicio: Banco Francés del Río de la Plata v. Provincia de Corrientes s. cobro ejecutivo, Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 17 de 1937.

Vista la solicitud formulada por el Banco Francés del Río de la Pinta en las diversas ejecuciones que ante esta Corte Suprema se siguen por el presentante y los acreedores, don Rafael Alberto Palomeque (dos expedientes, letra P. Nos, 8 y 86) y Benvenuto y Cía., contra la Provincia de Corrientes por cobro de cupones correspondientes al Empréstito Externo autoriza do por la ley del 16 de julio de 1910, consistente en que, sobre los bienes y rentas embargados en los diversos juicios, se disponga la formación de un concurso especial, con acumulación de los autos, para que de su producido se prorrateen los acreedores en proporción al valor de sus respectivos créditos, conservando la igualdad de rango que les corresponde en razón de la unidad de origen de sus títulos; y

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:342 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-179/pagina-342

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