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Año: 1939, Fallos: 184:394 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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COMPAÑIA ARGENTINA DE SERVICIOS PUBLICOS
v. MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva.

No siendo definitiva en el sentido del art. 14 de la ley n" 48, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que rechaza una demanda contra una municipalidad en razón de que previo el cumplimiento del requisito exigido en el art. 7 del Código de mentos en lo contencioso, no procede el recurso extraordinario deducido por la parte actora (1).


CARLOS A. BERGHMANS v. PROVINCIA DE SAN JUAN
MANDATO: Efectos.

El ex-apoderado provincial cuyo mandato fué revocado y a quien su reemplazante permitió —sin darle ni subs.

tituirle poder — que terminara algunas gestiones ya íniciadas para que utilizara los estudios que al efecto había preparado, carter de desacto — lo mier que el Metede ien se hizo patrocinar — para exigir a la provincia E de esos trabajos, y sólo puede percibir — si bien no puede ser obligado a ello — el importe de sueldo correspondiente al mes en que realizó aquellas gestiones, consignado voluntariamente por el nuevo representante que al efecto renuncia a cobrarlo.

HONORARIOS: Principios generales.

La regulación de honorarios por sí sola no crea a favor del titular un derecho para exigir su pago a la provincia cuyo apoderado le desconoció expresamente el derecho de cobrarlos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 25 de 1939.

Y Vistos: Los del juicio ejecutivo seguido por el Dr. Carlos A. Berghmans contra la Provincia de San Juan; y 1) Feehba del fallo: agosto 23 de 1939,

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:394 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-184/pagina-394

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