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Año: 1940, Fallos: 187:296 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tringirla — Conf., Fallos: 162, 80; 310 U, S, 281 y los precedentes allí citados.

Que según lo tiene decidido esta Corte, analizando el ine. ? del artículo 3" de la ley N" 4055, éste "ha tenido por objeto crear una última instancia ante esta Corte, solamente en garantía de los derechos del Fiseo Nacional en las condiciones que en esa misma disposición se establecen"" —Fallos: 136, 284; 181, 72— por lo que no encuadran en el texto en cuestión aquellos supuestos en que no está en discusión derecho alguno del Fisco, En su mérito se desestima la queja interpuesta por el señor Procurador Fisenl de la Cómara Federal de Apelación de la Capital. Hágase saber y archívese, Ronento Repetto — ANTONIO Sacarxa — B. A. Nazar AxcuorENa — EF. Ramos Mesía.


GRACIELA FERNANDEZ DE DIAZ IN RE ALFREDO

PELAEZ yv. CARLOTA ESPECHE DE ALVAREZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión Federal. Necesidad y forma de plantearla.

El caso federal no puede ser planteado implícitamente, sino que debe serlo mediante la invocación expresa y entegúrica del derecho federal de que el litigante pretende valerse, RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Oportunidad de plantearla, Cuando la decisión del tribunal apelado no ha introducido una nueva cuestión federal, distinta de los puntos

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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:296 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-187/pagina-296

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