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Año: 1941, Fallos: 190:137 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ARTES GRAFICAS MINERVA v, ADUANA
ADUANA: Penalidades, MULTAS: Aplicación.

RETROACTIVIDAD: Leyes administrativas, No procede aplicar el art, 10, inc. h) de la ley N° 12612 a las denuncias presentadas antes de su vigencia, pues dicha ley no contiene disposición alguna que autorice ese efecto retroactivo, DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad, El denunciante de una infracción aduanera penada con una multa que la ley entonces vigente establecía en beneficio de aquél, tiene un derecho adquirido del que no puede ser privado, sin violación del art. 17 de la Constitución Nacional, por una ley ulterior que eambia el destino de las multas,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, junio 27 de 1941.

Y Vistos: Los del recurso extraordinario del Ministerio Fiscal y del denunciante Roberto Lascano contra el fallo de la Cámara Federal de la Capital en el juicio contra la Sociedad Anónima Artes Gráficas Minerva por infracción a la ley de aduana; y Considerando:

Que sea cual fuere la interpretación que corresponda dar al art. 10, ine. h), de la ley N" 12,612 en el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, es previa la decisión del punto planteado por el denunciante en su propio recurso desde que si aquélla le fuera favorable de hecho habría quedado resuelta la primera,

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:137 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-190/pagina-137

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