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Año: 1944, Fallos: 199:3 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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un accidente de tránsito ocurrido en un camino de la Provincia de Buenos Aires, aunque la empresa demandada se halle comprendida en el régimen de la ley 12.346 (2 de junio de 1944).


CAVIGLIONE HNOS. v. IMPUESTOS INTERNOS
IMPUESTOS INTERNOS: Procedimiento. Vía contenciosa.

A los efectos del art. 27 de la ley 3764 (17 T. O.) es suficiente la presentación directa dentro del término legal hecha por el interesado ante el juez federal por medio de un escrito concebido en los términos propios de una apelación.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de junio de 1944.

Y vista la precedente causa caratulada "Caviglione Hermanos apela resolución Impuestos Internos" en la que se ha concedido a fs. 52 el recurso extraordinario.

Y considerando:

Que en el precedente de Fallos 183, 389 esta Corte admitió que el art. 27 de la ley 3764 —17 del T. O.— no acuerda un recurso de apelación al particular afectado por una resolución condenatoria de la Administración General de Impuestos Internos, sino una acción contenciosa que debe ser interpuesta ante el Juez de Sección respectivo. Pero añadió el Tribunal que no es indispensable que la comparecencia primera del interesado, a los efectos de la disposición legal citada, revista las formalidades estrictas de una demanda, ni que

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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:3 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-199/pagina-3

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