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Año: 1944, Fallos: 199:442 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de agosto de 1944.

Y vistos: los autos "Baldomero Guaraz v. Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obreros Ferroviarios, sol 'e reconocimiento de pen- —sión", venidos de la Cámara Federal de la Capital por vía del recurso extraordinario, y Considerando:

Que en 21 de noviembre de 1940, la Caja Ferroviaria acordó al actor jubilación por retiro voluntario (fs.

155 expediente agregado).

Que la resolución que así lo dispuso, después de notificarse al interesado, es revocada el 21 de febrero de 1941 a pedido de la Comisión de Jubilaciones por considerarse que había sido dictada por error de hecho, ya que no pudo adoptársela sin resolver previamente sobre la reconsideración y apelación relativas al cómputo y porque, además, significaba volver sobre la cosa juzgada en materia de prescripción (fs. 158 expediente agregado).

Que un recurso de apelación intentado en esa oportunidad para ante la Cámara Federal es denegado por considerárselo fuera de término (fs. 164 y 167 expediente agregado). Pedidos de reconsideración, de nulidad, un recurso extraordinario y dos quejas directas intentadas éstas ante la Cámara Federal, tienen igual suerte fs. 168, 176, 185 vta., 191 y 201).

Que, en tales condiciones, Guaraz inicia la presente demanda ordinaria por nulidad del decreto impugnado administrativamente y que dejó sin efecto el beneficio, solicitando "e le reconozea la jubilación ordinaria de la

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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:442 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-199/pagina-442

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