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Año: 1865, Fallos: 2:8 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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que estaban en San Isidro en casa de D. Fernando Estre lla, debiendo ser de cuatro años arriba por el precio de 28 pesos cada uno, libres de adicion y enfermedad.

3" Ese ganado podia ser recibido en el valle de Tunuyan desde el 1° hasta el 28 de Febrero de 1861, si así conviniese á Manterola, quien en ese caso debia dar aviso desde el 1° al 15 de Enero y recibir los animales á 19 pesos las vacas y 26 los novillos.

4? Bustos debia entregar á Manterola en todo el mes de Marzo de 1862 en Aconcagua ó en todo Febrero en el Tunuyan 1332 vacas de 5 años arriba que debian ponerse en pasto de alfalfa en Julio y Agosto de 1861 y desternerarse desde el 1? al 15 de Enero de 1862, debiendo desde el 1 de Octubre comer el mejor pasto de engordar. Manterola debia recibir las vacas en Aconcagua al precio de 20 pesos ó en el de Tunuyan seis dias despues de llegadas, á 18 pesos; y Bustos mandar un chasque á Valparaiso cuatro dias antes de salir el arreo para el Tunuyan, lo que debia entenderse para todo el ganado, objeto de este contrato:

Bustos debia tambien pagar á un invernador indicado por Manterola, y segun aviso de este hacer mudar de pasto al ganado.

5 Con el recibo del ganado eniregado debia hacerse el descuento conforme álos precios establecidos.

6° Habiendo recibido Bustos la cantidad de 37095 pesos 72 centavos en sombreros de paja y espumillas, debia pagar dicha suma en ganado puesto en Aconcagua ó en Tunuyan álos precios establecidos, y pagar en ganado á los mismos precios 7439 pesos 84 centavos por intereses en la forma siguiente : 4586 pesos 12 centavos el 1° de Mayo de 1861; 2853 pesos 72 centavos por 23,781 pesos 81 centavos que quedaba debiendo por la segunda entrega de Marzo de 1862.

7 En caso de no hacerse las entregas de ganado á los plazos estipulados, Bustos debia abonar el 1 y 1/2 p. 0/0 mensual en dinero efectivo hasta el cumplimiento de lo pactado.

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:8 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-2/pagina-8

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