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Año: 1945, Fallos: 201:499 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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concesionaria de les servicios telefónicos en aquélla, domiciliada en la Cap. Federal, sobre cobro de servicios prestados a las autoridades provinciales fundado en la interpretación que atribuye a la cláusula del contrato de concesión referente a dichos servicios y a su precio (1).

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Prórroga. Trámites judiciales.

La circunstancia de que con motivo de cuestiones anteriores, distintas e independientes de la que ha originado un juicio en trámite ante la Corte Suprema de la Nación, la compañía actora, concesionaria de servicios públicos en una provincia, haya acudido a las autoridades adminis trativas o judiciales de la misma para solucionarlas, no significa que haya prorrogado la jurisdieción que le coresponde en el caso sub lite por razón de las personas (2).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Prórroga. Trámites administrativos.

Los trámites administrativos realizados ante el P, E. de una provincia con motivo de la presentación, para su cobro, de las facturas ecrrespondientes a determinados servicios prestados por una empresa concesionaria de servieios públicos, terminados con una resolución negativa, no importan un juicio, ni prórroga de jurisdieción ni hacen perder el derecho de ocurrir a la autoridad judicial competente para reclamar las reparaciones debidas (3).


VERONICA BERNAL DE TORNQUIST yv. PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: uequísitos propios. Resolución contraria.

Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia de la Suprema Corte de la Prov. de Bs. Aires que, basándose en que la acción deducida ante ella persigue la repetición de lo pagado en concepto de un impuesto que reputa violatorio de la Const. Nacional y en que, según la Constitución y las leyes provinciales, dicho juicio debe 1) 15 de mayo de 1945, Fallos: 183, 429, 2) Fallos: 185, 330.

°) Fallos: 134, 267; 173, 273; 191, 35.

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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:499 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-201/pagina-499

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