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Año: 1952, Fallos: 222:401 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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— —ÉÚÉ————É]——————]—— AÑo 1952 — Mavo
NACION ARGENTINA v, FRANCISCO NEMETH
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Interposición del recurso, Fundamento, Es improcedente el recurso extraordinario, si en el escrito en que se interpuso se ha omitido la pertinente referencia a los heehos de la causa y a la relación que los mismos y las cuestiones en ella debatidas guardan con la enestión federal que se pretende someter a la decisión de la Corte Suprema('), NECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación divecta, Sentencias con fundamentos no federales o federales consentidos. Fundamentos de orden loenl Y procesal.

Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que se funda en la falta de prueba respecto de la ealidad de subinquilino que invoca el demandado, y no ha sido impugnada como arbitraria; por lo que no corresponde a la Corte Suprema examinar el aleance y la eficacia de las manifestaciones formuladas por el procurador fiscal, frente 4 las entegórieas afirmaciones del decreto del P, E. Nacio- 1 nal agregado en copia y las conseenencias de la omisión de prueba de dicha parte al respecto; nada de lo efial tiene relación con el prineipio de la igualdad constitucional, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconetituciowalidad. Decretos nacionales, Varios, El art. 23 de la ley 13.581, en euanto antoriza el desalojo de los inmuebles de propiedad del Estado, no es violatorio .

del principio constitucional de la igualdad (°), 1) 5 de mayo, Fallos: 219, 67 y 510, y 2) Fallos: 208, 32,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:401 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-222/pagina-401

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