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Año: 1952, Fallos: 222:499 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El 18 de diciembre último en la esquina de la calle Tacuarí e Independencia, chocaron un tranvía de la línea 48, y la camioneta chapa 10.190 del Ministerio de Comunicaciones de la Nación. A raíz de la colisión resultaron lesionados los ocupantes de la camioneta Rogelio Rodríguez y Roberto Virzi, y con desperfectos el vehículo, y Es indudable que el patrimonio del Estado ha sido nfectado como consecuencia del hecho, y, además, su responsabilidad puede resultar comprometida a raíz de las lesiones sufridas por Rodríguez y Virzi. Por estas razones opino que el Juez Nacional en lo°Penal Especial es el competente para entender en el sumario. — Buenos Aires, mayo 6 de 1952, — Carlos G. Delfino,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de mayo de 1952.

Autos y vistos: considerando :

Que, como lo sostiene el Sr. Juez en lo Penal Correccional de la Capital Federal y el Sr. Procurador General (fs. 41 y 48), estas actuaciones refiérense a un hecho oeurrido con menoscabo del patrimonio de la Nación, euya responsabilidad podría, además, resultar comprometida a raíz de las lesiones sufridas por los ocupantes de la camioneta.

Que ello es suficiente para determinar la competencia de la justicia nacional y, en el caso, de la especial de In Capital, con arreglo a lo dispuesto por los arts. 3,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:499 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-222/pagina-499

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