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Año: 1952, Fallos: 224:294 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tafa y contrabando en concurso real se tramitaba por ante el Juzgado Nacional en lo Penal Especial, que era el competente para entender en la causa por razón de la materia en cuanto al último de los delitos nombrados, y en cuanto a los demás en virtud de lo dispuesto por el art. 44 de la ley 13.998, que legisla:

Cuando un delito o un concurso de delitos atribuído a una o más personas como autores, cómplices o encubridores diera lugar a la instrucción de un sólo proceso, y uno o varios de los hechos o personas cayera bajo la competencia de los jueces nacionales de primera instancia en lo penal especial de la Capital Federal, dicho proceso será totalmente substanciado y terminado en el tribunal de esa competencia". Ms:

Ahora bien; a fs. 171 de los autos, el magistrado actuante sobreseyó parcial y provisoriamente en la enusa por el delito de contrabando, respecto a los imputados que habían sido detenidos; y a fs. 178, considerando que los restantes hechos son ajenos a su competencia sostuvo que era inaplicable la norma del art, 44, Ese eriterio no ha sido compartido por el Juez de Instrucción en lo Criminal (fs. 180), por lo que, ante la insistencia de fs. 181, ha quedado trabada una contienda negativa que corresponde a V. E. dirimir (art. 24 inc, 6", ley 13.998), A mi juicio, debe privar el criterio sustentado por el Sr. Juez de Instrucción. El proceso quedó radicado en el fuero penal especial, donde se produjeron todas las medidas sumariales y llegó a estar en condiciones de ser elevado a plenario, según se infiere de la providencia de fs, 172 que dispone correr vista al Procurador Fiscal a los efectos del art. 429 de la ley de forma.

El art. 44, como lo expresó el miembro informante de la Comisión, diputado Sr. Benítez al tratarse la ley N" 13,998, tiende a acelerar los procesos, y que en uno sólo "se resuelvan los problemas conexos con un sólo

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:294 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-224/pagina-294

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