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Año: 1881, Fallos: 23:721 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA NACIONAL TEN:
Fallo del Juez de Sereion Y vistos: dedúcese de ellos el siguiente Relato:

Emiliano Reinoso, natural de esta Provincia, de edad de veinticinco años y soltero, cometió á las once de la noche del veintisiete de Febrero último en la estacion del Ferro-Carril Central Norte el hurto de mil doscientos diez y nueve y medio soles y quinientos pesos fuertes en billetes de curso legal ó sean un mil cuatrocientos veinte y seis pescs, cor sesenta y dos centavos fuertes metálicos que habían sido entregados como encomienda al Rosario y en un cajon sellado por los Señores Muñoz y Rodriguez. Esta procedencia del dinero solo consta por relacion verbal del Señor Gefe de la Estacion, la que ha sido con= firmada por el documento de foja 38, y sus anteriores relativos.

Reinoso era peon de la « Planchada » y por haberse embria= gado esa noche el sereno de la Estación, su gefe dispuso que lteinoso hiciera sus veces y como á tal le entregó las llaves de la Estacion.

En posesion de ellas, su tenedor abrió la puerta de la Boletería de donde sacó un cajon que rompió con un pico, apoderándose en seguida de los dineros que contenía.

Luego de esto procedió 4 hacer algunos gastos para su viaje y entregó parte del dinero á la madre ; despues de lo cual tomó cl rumbo de la Yerba Buena, cargando los soles en un costal, Siguió su viaje por Santa María hasta la ciudad de Salta, haciendo gastos profusos en todo el itinerario.

Todo esto consta de la propia declaracion del reo que fué tomada por la policia de Salta 4 requerimiento de la de esta ciudad, y corre de foja 15 á 19 la cual leida que le fué por este Juzgado fué ratificada á foja 24 vuelta.

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:721 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-23/pagina-721

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