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Año: 1881, Fallos: 23:722 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de E u A Le a FALLOS DE LA SUPREMA CONTE De aquella sumaria consta, segun la planilla de foja 4 1a — cantidad de dinero y los objetos con su preeio respectivo tomadosal reo por la autoridad de Salta y enviados por ella ú esta Policia.

Por fin al envíar esta el sumario al Juzgado lo hizo con la planilla que reasume todos aquellos valores y agrega otros en dinero tomado aquí al reo, ..j2 78; tudo lo cual existe en este Dspartamento de Policía.

El res en su confesión de foj1 2 vuelta niega que la cantidad burtada ses la que se ha espresado, pero sin determinarlo. Para — precisar esa cantidad el Juzgado decretó que el Gefe de la Estacion presentase justificativos correspondientes, y en consecueneja figuran de foja 36 á 38 los que acreditan que la cantidad sustraida es la que espresó el Gefe de Estacion, foja 13 vuelta, y que es la misma que queda determinada, Cuestion de Derecho

LU
Está justificado el delito de hurto de dineros agenos que guardaba la Administracion del Ferro-Carril, y el mérito y elase de ellos ; así como que el autor del delito es Emiliano Reinoso, peon de la « Planchada >, ú en otros términos empleado subalterno de dicha administracion, y encargado de la vijilancia nocturna en el momento del hecho, 1 Este hurto es de los que el derecho lama calificados, por las circunstancia agravantes que la acompañan, tales son la hora en que se cometió, la calidad de empleado y vijilante de la seguridad del establecimiento que investia su perpetrador, y

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Año: 1881, CSJN Fallos: 23:722 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-23/pagina-722

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