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Año: 1956, Fallos: 235:961 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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gado en los tanques de la compañía importadora destinados para el depósito de diesel oil (informe de fs. 33 via), esta Corte Suprema estima de equidad hacer aplicación de la facultad de atenuación de la pena autorizada por el art. 1056 de las 00, de Aduana y reducir en un cincuenta por ciento la impuesta por la resolución de la Aduana, de Es. 67 64, Por ello, se revoca la sentencia apelada de Fs, 169 y la de primera instancia de fs, 131, y se condena a la documentante al pago de una multa igual al cincuenta por ciento del valor de la merendería declarada establecido de neuerdo con la partida 4750, Titro 0,096 D. E, of. O,O187G litraje. Las rostas del juicio n eargo de la infractora.

Anenevo Onaz — Maxver d.

Ancañanía — Exmore Y.

CiaLLt.


BLUMA JUDISCIT DE FEFER v. ISRAEL FEFER

RECURSO DE QUEJA.
La cirenmstancia de haberse dispuesto por el tribunal apelado el cumplimiento de la sentencia a cuyo respecto se concedió el recurso extraordinario, importa decisión referente a los efectos de dicho recurso y no denegación susceptible de reconsiderarse por vía del art. 229 de la ley 50,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
¿ Buenos Aires, 26 de setiembre de 1956, Vistos los nutos : "Recurso de hecho deducido por el demandado en la enusa Fefer Bluma Judiseh de e./ Fefer Israel", para decidir sobre su procedencia,

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Año: 1956, CSJN Fallos: 235:961 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-235/pagina-961

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