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Año: 1958, Fallos: 240:178 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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A la segunda cuestión el Dr, Servini, dijo: | Que habiéndose establecido en el veredicto que el obrero fallecido trabajó para la demandada 24 años, 3 meses y 26 días, debe considerarse ese lapso como 25 años, conforme lo dispone el ine. 3 del art. 157 de la ley 11.729, Teniendo en cuenta que en el veredicto se fijó la suma de $ 974,40 como el promedio de los salarios percibidos durante los últimos 5 años trabajados para la demandada, corresponde hacer Ingar a la demanda por la cantidad que resulte de la multiplicación de esta suma por 25 y dividido por 2. Las costas deben imponerse a la necionada (art. 25 de la ley 5178 T.O.)... Así lo voto, Los Dres, Seioseia y Rodríguez Brito, lo hacen en el mismo sentido.

Sentencia Antos y Vistos:

El resultado del acuerdo que antecede, el Tribunal Falla: haciendo lugar a la demanda instanrada por Carmen Pérez de Da Gracea e/ Frigorífico Anglo S. A., condenándosele a pagar a la actora, dentro del término de 10 días, la suma de $ 12.180, con sus intereses al estilo banenrio, desde la fecha de In notificación de la demanda, y las enstas del juicio (ley 11.729, art. 157, ines, 3 y $; decreto 31:065 —ley 12.921— art. 58; decreto 33.302 —ley 12,921— art. 67; ley 5178 (T. 0,), arts, 25 y 47; Cód, de Comercio, arts, 561 y 565; Cód. Civil, art. 500), — Ricardo A, Servini, — Carlos A. Rodríguez Brito, — Miguel Scioscia.


SENTENCIA DE LA SUPREMA Corre pE JUSTICIA
Acuerdo En la ciudad de La Plata, a 27 de noviembre de 1956, reunida la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa 1-06, titulada "Pérez, Carmeñ, Vda, de Da Gracen contra Frigorífico Anglo S.A. s/ indemnización por fallecimiento", se procedió a praeticar la_desinsaculación de ley, resultando que en la votación debían observarse por los señores Jueces el orden siguiente: Doctores Mercader, Merbilhaa, Bustos, Quijano, Rozas.

Antecedentes El Tribunal del Trabajo 1? 3 de Avellaneda dictó sentencia en estos antos, haciendo lugar a la demanda instaurada con intereses y costas, La parte demandada interpuso recurso de inaplieabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose el juicio en estado de pronunciarse sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente Cuestión ¿Es fundado el recurso de inaplicabilidad interpuesto a fs. 45? Votación A la cuestión planteada, el señor Juez doctor Mercader, dijo:

Joaquín Rafael Da Gracea, de 59 años, murió el 17 de diciembre de 1953, mientras estaba en vigencia su contrato de trabajo con la S. A. Frigorífico Anglo, a la que prestaba servicios como obrero desde hacía 22 años,

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Año: 1958, CSJN Fallos: 240:178 
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