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Año: 1958, Fallos: 242:351 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que, en consecuencia, es necesario requerir la creación en a Oficina de Mandamientos y Notificaciones, de un enrgo de Oficial de Justic::.

Que a los efectos previstos en la resolución a que se ha hecio referencia, respecto de los requisitos para el desempeño del Comisariato, cor esponde dietar la reglamentación pertinente.

Resolvieron :

1) Requerir del Poder Ejeentivo proven lo pertinente a fin + que en la Oficina de Mandamientos y Notificaciones se cree un cargo de Oficial de Justicia.

29) Disponer que para ser designado Comisario del Palacio de Justicia se requiere, además de las condiciones reglamentarias vigentes para el nombramiento de funcionarios y empleados administrativos del Poder Judicial, aereditar idoneidad y experiencia en el ejercicio de empleos de policía de seguridad.

Este eargo no figurará en el escalafón del personal del Poder Judicial y a su titular no le corresponderá el beneficio de la estabilidad, pudiendo ser removido con prescindencia del procedimiento que establece el art, 21 del Reglamento para la Justicia Nacional.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — BENJAMÍN VILLEGAS BasaviLuaso, — Aristóncio D. Aríoz DE Lamanuio. — Lris María Borrt BoaúERO. — JULIO OYMANARTE. — Jorge Arturo Peró (Secretario).

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Año: 1958, CSJN Fallos: 242:351 
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