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Año: 1960, Fallos: 246:265 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ARGENTINA DE AERODINOS
RETRO ACTIVIDAD,
Si el recurso basado en el art. 19 del decreto-ley 1285/58 fué interpuesto y concedido con anterioridad a la vigencia del art. 1? de la ley 15.271, no cabe reconocer a ésta efecto retroactivo en la especie, ante Ia exigencia de que sea respetado lo dispuesto mediante el auto firme que otorgó la apelación (1),

MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Corresponde confirmar la sanción de apercibimiento impuesta al recurrente si las explicaciones proporcionadas por éste, y reiteradas ante la Corte, no excusan razonablemente la falta de estilo que motivó la medida apelada; máxime teniendo presente la naturaleza de la corrección aplicada.

FRANCISCO ROMAN MONTALVO y OTRO v. CARLOS RODRIGUEZ »

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, :
La resolución por la que se concede el recurso previsto por el art, 19 del decreto-ley 1285/58 —ley 14467— debe ser adoptada con arreglo a lo dispuesto por el art. 26 de dicho. decreto-ley. En consecuencia, si tal proveído fué suscripto sólo por uno de los jueces de la Cámara que impuso la sanción al recurrente, corresponde devolver los autos al tribunal para que la Sala correspondiente dicte pronunciamiento sobre la procedencia del reenrso (2).

——(1) 2 de mayo, Sentencia del 5 de abril de 1950 en la eauna "°arbieri, Nicolas ". 1 ataco, Semnia del 19 dqodulerde 150 en la causa "Romero, Horacio e/ Savini, Néstor y otros",

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Año: 1960, CSJN Fallos: 246:265 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-246/pagina-265

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